Este Tribunal conforme a lo establecido en el articulo 177 de la ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en concordancia con lo establecido en el articulo 78 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la finalidad de proteger los derechos del Adolescente, antes referido, se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente causa.