Siendo que este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, desde su creación mediante Decreto, sólo conoce de los recursos civiles en materia de bienes, es forzoso declarar la incompetencia de este Tribunal y declinar la causa al Juzgado competente, es decir, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Devuélvase mediante itineración en el sistema JURIS2000 a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil, a los fines de su remisión al Juzgado señalado. Líbrese oficio. Déjese copia certificada.