este Tribunal HOMOLOGA dicho desistimiento en la misma forma, términos y condiciones por ellos expresados, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se toma como sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada, se ordena proveer lo conducente por auto separado conforme a lo solicitado, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente, previa la expedición del oficio solicitado.- Cúmplase.- Así se decide.-