Este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a cargo de la Juez Temporal ABG. MARIA FERNANDA ROCHA G, Administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley ACUERDA PRIMERO: la CONFIRMACION DE las MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD establecidas en el articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia contenidas en los numerales 3, 5 6, a saber: 3- Salida inmediata de la residencia en común 5- Prohibición de acercamiento del agresor a la victima y 6- Prohibición por si o por terceras personas de realizar actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de la familia, las cuales no han sido cumplidas por el investigado antes señalado, por encontrarse las mismas aparadas por el principio de legalidad, manteniéndose la vigencia de las mismas en virtud de la conducta continuada del investigado de.....