Se dictó sentencia interlocutoria en la presente solicitud mediante la cual se INADMISIBLE la presente Solicitud de INSPECCION JUDICIAL, interpuesta por el ciudadano LUIS BELTRAN VALERIO LANDAETA, venezolano, mayor de edad, de esta domicilio y titular de la cédula de identidad No. V- 8.471.235, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 70.339, en su condición de Apoderado Judicial de los ciudadanos VALENTIN LEON NARVAEZ, WOLFAN FIDEL SOTILLO SALAZAR, RODELINDO RAFAEL VARGAS, NORELIS IRAIDA GOMEZ MEDRANO, BLANCA ROSA MENDEZ ARIAS, CARLOS JOSE RUIZ MUÑOZ, JESTHER ANTONIO PEREZ y CRISEIDA JOSEFINA ALBORNOZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-1.147.676, V.-4.913.929, E- 81.532.193, V.- 11.209.762, V.- 11.659.051, V.- 13.017.875, V.- 12.577.009, V.-14.288.554 respectivamente, no estar llenos los extremos requeridos en los artículos 1.429 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 938 y 340, Ordinales 4° y 5° del Código de Procedimiento Civil