Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de conformidad con el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con los artículos 2 y 257 de la Constitución República Bolivariana de Venezuela:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el cincuenta (50%) por ciento de los locales comerciales constituido por el Centro Comercial Turístico San Onofre, ubicado en la prolongación de la Avenida España, sector Vea, salida hacia ciudad Bolívar de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, construido sobre una parcela de terreno de aproximadamente CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS (4.764.45 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: NOR.....