Este Tribunal Superior Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia formulado por el ciudadano FREDDY JOSE MARQUEZ, debidamente asistido por el abogado MANZUR ADONIS GONZALEZ CORREDOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.000 contra la decisión de fecha 08 de marzo de 2006, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, el cual se declaró incompetente, por el territorio, para conocer de la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE POLIZA DE SEGUROS DE AUTOMOVIL, seguido por el recurrente contra LA EMPRESA ASEGURADORA C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA.
En consecuencia, se confirma el fallo recurrido