Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CONFESO FICTO al ciudadano JORGE SOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.632.415, de este domicilio, y CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoada por el abogado FÉLIX MILLÁN ARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.349, actuando como Apoderado Judicial de la ciudadana SONIA GARCÍA, en contra del ciudadano JORGE SOSO, todos plenamente identificados en autos. Asimismo se acuerda suspender la medida de secuestro practicada en fecha 12 de mayo del presente año, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Antonio Sotillo y Guanta de esta Circunscripción Judicial, la cual fue decretada por este Tribunal en fecha 24 de abril de ese mismo año, y por cuanto se observa que.....