Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N° 1 Sección de Adolescente del Circuito judicial Penal del estado Anzoátegui administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE a los Ciudadanos a ROBINSON ANTONIO TORRES ZAMORA, Titular de la Cedula de Identidad Nº 15.064.379, residenciado en la Calle Miranda, Cruce Con Calvario, Casa Nº 8-A, Aragua De Barcelona, Estado Anzoátegui, Teléfono: 0282- 8080626, 0416- 6838720 y ARIANNY YANELYN DIAZ MARTINEZ, Titular de la Cedula de Identidad Nº 19.504.647, residenciada en calle amparam, cruce con sucre, al frente de multiofertas, casa sin numero, garaje verde, Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, teléfono: 0416 8837052 Y 0282 como FIADORES del imputado IDENTIDAD OMITIDA ampliamente identificado en autos, en consecuencia deben comparecer al Tribunal a los fines de imponerlas de las obligaciones que han de contraer conforme lo indicado en los artículos 258.....