Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CONFESO FICTO al ciudadano JOSE ANTONIO LOPEZ RODRIGUEZ, español, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número: E-638.543, todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 362 del Código de Procedimiento Civil y, CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, por vencimiento del término, incoara el ciudadano LUIS GARVAN SAAVEDRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número: 252.908 y de este domicilio, a través de su apoderado judicial, abogado ISRAEL VELASQUEZ LONGART, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 3.921, en consecuencia, se declara fenecido el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes y se ordena al ciudadano JOSE ANTONIO LOPEZ RODRIGUEZ, plenamente identificad.....