Ahora bien, visto que en el presente caso el solicitante en su carácter de Interventor es el representante del único propietario del Centro Comercial La Gran Parada, visto así mismo que a éste le fueron conferidas las facultades señaladas en el artículo supra mencionado, entre las cuales se encuentran las de "administración, disposición, control y vigilancia" en tal sentido, este Tribunal considera inoficiosa la solicitud de nombramiento de administrador del Centro Comercial La Gran Parada, y en consecuencia niega la misma, y así se decide.