Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control N° 05, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: CON LUGAR la solicitud presentada por La solicitante Ciudadana SOTILLO CALDERA YAMILETH DEL CARMEN, titular de la cedula de identidad N° V-15.879.181, un vehículo con las siguientes características siguiente: PLACA DEL VEHICULO: BAI-44T, SERIAL DE CARROCERIA 8Z1SC2167WV308931, SERIAL DEL MOTOR: 7WV3089931, MARCA: CHEVROLET, MODELO: CORSA, AÑO: 1998, COLOR: VERDE, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: COUPE, USO: PARTICULAR, ello de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Cúmplase.