Por todo lo anteriormente expuesto es menester para esta Juzgadora: DECLINAR el conocimiento y pronunciamiento Definitivo de la presente causa al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, todo ello ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE CONFIERE LA LEY. Désele copia certificada de la presente decisión en el archivo de este despacho. Asimismo désele la correspondiente salida al expediente y remítase con oficio al prenombrado Juzgado. A los 12 días del Mes de Julio de 2006, a los 196° años de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SÁNCHEZ
Juez Suplente Especial
LA SECRETARIA,
Abg. ILMIFLOR GUEVARA LISTA
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
Abg. ILMIFLOR .....