"...Seguidamente, la Jueza Provisoria Primero Ejecutor de Medidas Abg. LOURDES VILLARROEL CURIEL oído el ofrecimiento formulado por la concubina del demandado y la aceptación con reservas de la representación judicial de la parte actora, y la consecuente solicitud de suspensión de la práctica de la medida de secuestro, a la solicitud de la parte actora, SUSPENDE la misma, en los términos solicitados por la parte actora. Asimismo ordena mantener a solicitud de la parte ejecutante la presente comisión en el archivo de este Tribunal hasta tanto la parte ejecutante informe a este Tribunal, sobre lo conducente o en caso contrario solicite nueva oportunidad para la práctica de la medida..."