Por los motivos antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL en la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES, presentada por los ciudadanos LUIS ALFREDO AVENDAÑO RONDON y ERIKA GABRIELA GUZMAN GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.341.301 y 19.674.141, debidamente asistidos por el abogada en ejercicio JOSE LUIS NAVARRETE SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 80.730.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal S.....