En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE, en la presente demanda de demanda de COLOCACION FAMILIAR presentada por la Fiscal Décimo Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abg. EGRIS LIRA ZAMBRANO, a requerimiento de la ciudadana GISELA MAGALY PINTO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nro. V- 5.191.548, en contra de los ciudadanos DUGLIS ALEJANDRA VICENT TIAMO, venezolano, mayor de edad, la cual no posee cedula de identidad y GERMAN JOSE MORENO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nro. V- 13.317.590, en beneficio del niño MORENO VICENT,.....