Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos NATHALIE DEL VALLE OBANDO MARIN Y EDUARDO LUIS GONZALEZ HENRIQUEZ, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-13.169.974 y V-13.052.953, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JOHNNY NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.689, y en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado ante Primera Autoridad Civil de la Parroquia Pozuelos Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, el día seis (06) de Diciembre del año Dos Mil Siete (2007), tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio N° 441, Folios 64-65, Tomo IV del Libro de Matrimonios llevados por ese despacho en el año 2007. Y ASI SE DECIDE.
Se homologa en los mismos términos en que fue suscrito por los ciudadanos NATHALIE DEL VALLE OBANDO MARIN Y EDUARDO LUIS GONZALEZ HENRIQUEZ, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, titulares de las cedulas .....