Se dicto Sentencia Interlocutoria en la presente solicitud de Exequatur declarándose: CON LUGAR la solicitud de Exequátur. En consecuencia se declara: EL EXEQUATUR y SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en todo el Territorio Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, la Sentencia de Divorcio dictada por ante la Corte Suprema Estado de Nueva York, Condado de Bronx, Estados Unidos de Norte America, en fecha veintisiete (27) de junio de 2.005, que declaró disuelto el matrimonio existente entre los ciudadanos TESSA LUCIA PERSAUD y NARENDRA SAWH. Así se declara.-