Se dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva declarando COMPETENTE para conocer y decidir Juzgado del Municipio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en razón de la CUANTIA, sobre la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE FIANZA, interpuesto por los Abogados EMILIO ENRIQUE UGUETO FONSECA y JENNY CAMPOS, con el carácter de Apoderados Judiciales de la Empresa PDVSA, GAS, S.A., en contra de la empresa PROSEGUROS, S.A., en la persona de la ciudadana MILAGROS TORRES, apoderada judicial. PRIMERO: SE ORDENA remitir el presente asunto Juzgado del Municipio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. SEGUNDO: REMÍTASE copia certificada de la presente decisión a los Juzgados del Municipio Pedro María Freites y al Juzgado del Municipio Anaco de esta circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Cantaura.-