este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1).- SIN LUGAR LAS PRETENSIONES DE LA PARTE ACTORA Y POR TANTO SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por La ciudadana LEONOR CAMELIA MARCANO GARCÍA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad número 9.816.682, en contra de la sociedad mercantil EMPRESA NACIONAL DE VALVULAS (ENAVAL).
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los doce (12) días del mes de diciembre de dos mil doce.