Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Admisión de la Demanda que por COBRO DE BOLIVARES, tramitada a través del procedimiento Intimatorio que hubiere incoado el ciudadano RAFAEL AUGUSTO TORRES VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.054.444, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO ARANGUREN, titular de la cédula de identidad Nº V-16.491.578, e inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 147.802, en contra de la ciudadana BELKIS DEL VALLE FONTEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.338.688. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercanti.....