este Tribunal HOMOLOGA dicha TRANSACCION en la misma forma, términos y condiciones por las partes expresados en dicho Escrito, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo expídase por secretaria copia certificada solicitada, con inserción de la anterior diligencia y del presente auto, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,
Judith Milena Moreno Sabino
/MM.-