Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad inmediata de los ciudadanos EDGAR ENRIQUE BRICEÑO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.231.152, natural de SAN CRISTOBAL, donde nació en fecha 22/09/71, de 34 años de edad, de estado civil soltero (02 hijos), de profesión u oficio comerciante, hijo de los ciudadanos GONZALO MENDEZ (V) y ELVIA DE LA TRINIDAD BRICEÑO (v), residenciado en la CALLE MARACAY, AV. PRINCIPAL CONJUNTO RESIDENCIAL JOSÉ GREGORIO ACUMANDEZ. PECTRAS DE LOS MOLINAS, CASA N° 9-45 (LA ULTIMA CASA), GERARDO JOSE OSUNA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 5.028.041, natural de San Cristóbal , Estado Táchira, donde nació en fecha 18/09/1958, de 47 años de edad, de estado civil divorciado (2 HIJOS), de profesión u oficio comerciante (Co.....