sin embargo la política criminal del procedimiento especial por la admisión de los hechos establece la posibilidad discrecional de la rebaja de un tercio a la mitad y en vista del tiempo transcurrido en privación judicial preventiva de libertad y de la aclaratoria de la victima, en definitiva, se decreta judicialmente sentencia condenatoria al ciudadano CARLOS ALBERTO CASTELLAO ORTEGA, Se deja constancia que el imputado presenta tatuaje visibles EN BRAZO IZQUIERDO EN FORMA DE LETRAS CHINAS; a cumplir la pena corporal de DOS (02) AÑOS DE PRISION, como resultado de la presente sentencia condenatoria y judicial, vista la admisión de los hechos por el tipo penal de: HURTO CALIFICADO establecido en el articulo 453 ordinales 5 y 9 del Código Penal, y por ello la correspondiente distribución ante el Tribunal en funciones de Ejecución de esta sede judicial. SEGUNDO: Este Tribunal no condena en costas al imputado por cuanto el mismo se acogió a la Medida Alternativa de Prosecución del Proces.....