como Jueza Provisoria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, El Tigre, mediante oficios Nros. CJ-12-3113 y CJ-12-3114, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, Se AVOCA al conocimiento de la presente causa. En tal sentido, SE ACUERDA PRIMERO: DECRETAR LA SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos MARIA ROSMARY PEÑA VEGA Y LUIS EDUARDO VELASQUEZ PORTAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.725.616 y V-11.514.477, respectivamente; conforme a los Artículo 189 del Código Civil. SEGUNDO: De conformidad con el contenido del artículo 351 de la Ley Especial, en lo que concierne a la Patria Potestad, Custodia, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar del niño ...., tiene en cuenta lo acordado por los padres en su escrito, en razón de lo cual se .....