Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, presentada por el ciudadano DAVID JOSÉ FARFAN RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.321.645 y domiciliado en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Abogado RONALD ESTABA RUIZ, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.030, en contra de la ciudadana ENEIZA DEANIRA MÁRQUEZ NATERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.288.147 y domiciliada en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; en consecuencia, se disuelve por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante la Prefectura del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, en fecha 22 de F.....