En consecuencia y en mérito de los argumentos anteriormente explanados, este tribunal de primera instancia en funciones de control, audiencia y medidas número uno con competencia en materia de delitos de violencia contra la mujer del circuito judicial penal del estado Anzoátegui Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Decide:
ÚNICO: DECRETA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL EN VIRTUD DEL ARCHIVO FISCAL DECRETADO POR LA VIGESIMA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, ASÍ COMO DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD que pesan contra el imputado ROSMEL JOSE DURAN CONTRERAS, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, tipificados en los artículo 42 y 39 de la Ley Orgánica de sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo, de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 297 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, déjese copia par.....