Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CONFESO FICTO a la empresa SÚPER AIRES EL PUERTO, C.A., y CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES, incoado por el ciudadano OMAR EL SOUKI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.224.978, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.499, y de este domicilio, contra la empresa SÚPER AIRES EL PUERTO, C.A., todos plenamente identificados en autos; en consecuencia, se condena al demandado a pagar al demandante las siguientes cantidades: PRIMERO: la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 3.860.500,00) que es el monto total de los cheques insolutos. SEGUNDO: la cantidad de OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 835.000,00) .....