Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, venezolano, casado, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.297.806, debidamente asistido por la abogada DANNORBIS CAGUANA GUERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.166, en contra de la ciudadana DORIS JOSEFINA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad. Casada y titular de la cédula de identidad Nº V-8.429.218, disolviéndose por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído en fecha 14 de octubre de 1997 por ante la Prefectura de la Parroquia Pozuelos del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, según consta en Acta de Matrimonio anotada bajo el Número 433 Folio 251-252 d.....