en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA ACCION por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal del Recurso Contencioso Tributario remitido según Oficio Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DJT/RA/2014/E 002436 de fecha 13-10-2014, emanado de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), interpuesto por los ciudadanos JOSE ANGEL GUERRA Y RAFAELA ANTONIA SAAVEDRA AZUAJE, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V- 5.900.264 y V- 9.154.696, procediendo en su carácter de Presidente y Gerente de la Sociedad Mercantil PANADERIA PASTELERIA Y CHACUTERIA MIS HIJOS, C.A., contra el Acto Administrativo N° SNAT/INTI/GRTI/RNO/DCE/2014-1566 de fecha 13-08-2014, mediante la cual califica a la contribuyente antes mencionada como SUJETO PASIVO ESPECIAL y señala los cambios que tendrá que realizar para el cumplimiento de sus obligaciones tri.....