este Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a cargo del Juez Abg. LUIS MANUEL MANEIRO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación en contra del acusado; ANTONIO JOSE MARCANO CARDOZO, por la presunta comisión del delito de: ACTOS LASCIVOS en grado de continuidad, en perjuicio de la niña de 05 años, B. P. S. V. Se omite el nombre de la niña de conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, delito esto previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas ofertadas por el Ministerio Público, por ser licitas, pertinentes y necesarias; de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 9 del Códi.....