Por todo lo antes expuesto este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Con Lugar la apelación ejercida por el abogado CARLOS ALBERTO LANDER CHACIN, apoderado judicial de la la Sociedad Mercantil BOLIVAR BANCO, C.A, en contra del auto de admisión de la demanda, en el juicio por EJECUCION DE HIPOTECA, interpuesto por el recurrente, en contra de la sociedad TALLER INDUSTRIAL PROGRESI, C.A. (TIPROCA); dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 23 de julio de 2009.
En consecuencia, se repone la causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia admita la demanda incluyendo las partidas especificadas en el particular CUARTO, el cual referente a los intereses convencionales que sigan generando desde el día 12 de junio de 2.009, exclusive, hasta la fecha de cancelación total y definitiva del monto.....