Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO propuesta por la ciudadana MARIA EUGENIA PEREZ GUARIRAPA contra el ciudadano JUAN CARLOS VILLAFAÑA RODRIGUEZ, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial debidamente asentado en el Libro Original Nº 01 de Matrimonio llevado por el Registro Civil del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, en fecha catorce (14) de marzo de dos mil ocho (2008), bajo el Nº 93, folios 277 al 279, del año 2008, y así se decide.-