DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta las Abogadas NELMAR CONTRERAS DE BATATIN y MARILYN ORTA, Defensoras Pública Penal Novena y Séptima, en su carácter de Defensoras de los acusados JESUS EDUARDO LOPEZ y JESUS RAMON LOPEZ, ampliamente identificados en autos, contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de Febrero de 2005, mediante la cual CONDENO a los prenombrados acusados JESUS EDUARDO LOPEZ y JESUS RAMON LOPEZ, a cumplir cada uno la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS, previsto y sancionado en el artículo.....