De conformidad con lo precedentemente establecido, este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide: Se declara inadmisible la acción de amparo propuesta por el ciudadano Luis Rafael Escobar Ugas, actuando en su carácter de Presidente de la Fundación para las Garantías, Prevención y Defensa de la violación de los Derechos Humanos, atribuyéndose la representación de la ciudadana Xiomara Coromoto Gutiérrez Gómez, para lo cual no tenía poder de representación judicial. Notifíquese lo conducente.- Cúmplase lo ordenado.-