En consecuencia, por las consideraciones precedentes, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara improcedente la solicitud de reposición de la causa solicitada y así se decide.