En razón de los argumentos explanados precedentemente, considera quien aquí decide, que lo legal y ajustado a Derecho, es REVOCAR el beneficio de REGIMEN ABIERTO que fuera otorgado al penado JOSE DOMINGO DUARTE VIZCAINO, por fuga e incumplimiento del mismo y consecuencialmente, se ordena librar ORDEN DE CAPTURA y Boleta de Encarcelación en su contra, debiéndose librar los respectivos Oficios y una vez que el mismo sea aprehendido, deberá ser trasladado hasta el Internado Judicial José Antonio Anzoátegui de este Estado, donde deberá permanecer detenido, a la disposición de este Juzgado.-
Notifíquese de la presente decisión, a la parte Fiscal, a la defensa y líbrese Oficio al Centro de Tratamiento Comunitario “Lic. Diego Bautista Urbaneja”, de esta ciudad y al Tribunal de Ejecución N° 01 del Estado Sucre, informando la revocatoria del beneficio de REGIMEN ABIERTO acordado al penado JOSE DOMINGO DUARTE VIZCAINO, así lo decide este Juzgado de Ejecuc.....