Siendo así, este Tribunal con vista de la manifestación y consentimiento de la parte codemandantes a través de su coapoderado judicial, y la representación judicial de la parte demandada de autos, en su orden, acuerda impartir la HOMOLOGACION AL ACUERDO ALCANZADO, otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio. Asimismo se acuerda expedir por secretaría dos (02) copias certificadas del escrito transaccional y del auto de homologación recaído.
Publíquese, déjese copia certificada. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los TRECE (13) días del mes de JUNIO del año DOS MIL DIECISEIS (2.016). Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA
Abg. LISBETH HARRIS GARCIA
LA SECRETARIA
Abg. MARY CORDOVA MEDINA
SJT/MM/LHG