esta Jueza Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, de Divorcio, presentada por el ciudadano JONATHAN MICHELLE CHENG ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.553.194, debidamente asistido por el abogado en ejercicio FREDDY RAFAEL MAITA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 174.974, en contra de la ciudadana LIZMAR DEL CARMEN OSORIO ENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.212.795, en donde se encuentran involucrados los adolescentes Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la le.....