DECISIÓN
En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas este Juzgado Segundo Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA intentada por el ciudadano NELSO RAFAEL FUENMAYOR MEJIAS, identificado en autos, en contra de PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S.A., también identificada en autos.
SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S.A. al pago de la indemnización establecida en el artículo 573 de la Ley Orgánica del Trabajo, el cual como fuera establecido y de acuerdo a la normativa aplicable, asciende a la suma de Bs. 5.150.759,55.
TERCERO: Se ordena la corrección monetaria de la suma especificada en el particular anterior mediante la correspondiente experticia complementaria del fallo que en esta misma sentencia se ordena, la cual será l.....