Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Condena al acusado NICOLAS JOSE SABELLI VELASQUEZ, Venezolano, Natural de Barcelona Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.300.076, de 49 años de edad, nacido en fecha 29/09/1960, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Taxista, hijo de los ciudadanos Felipa Velasquez (V) Enmanuel Sabelli (D), residenciado en Calle Principal del Viñedo, Casa Nº 03, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el Artículos 458 en relación con el Articulo 83 Ordinal 3º del Código Penal, en perjuicio del ciudadano FELIPE GEORGE HARE RAMOS, a una pena de CUATRO (04) AÑOS, que deberá cumplir donde.....