Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio que por Acción Mero Declarativa de Unión Concubinaria, presentada por la ciudadana ELIANA ALBERTINA MEDINA RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.994.219, y de este domicilio, a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio JESUS CRISTOBAL OSUNA, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.166, en contra del ciudadano JIMMY DEMETRIOS ADAM XINTAVELONI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.441.404, y de este domicilio. Así se decide.