Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara INADMISIBLE la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, intentada por CARLOS CARRILLO CALDERON venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.307.879, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.738, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa "GUANTA EXPRESS C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 18, Tomo A-17, en fecha 06-03-1997, en contra de la Empresa EXPLOGRANITOS S.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 56, Tomo A-23, de fecha 11-09-98, representada en la persona del ciudadano CARLOS PENEDA, quien es el gerente administrativo de la misma, venezolano, mayor de dad, titula.....