Vista la anterior solicitud interpuesta por la ciudadana ANDREINA ISABEL FREITAS RIERA, titular de la cédula de identidad Nº V-25.722.124, en su carácter de madre del niño:***********, en la que requiere que el ciudadano: HECTOR DANIEL LONGAR RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº V-21.051.472, en su condición de progenitor del referido niño, cumpla con la Obligación de Manutención de éste. Se admite por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición legal y conforme a competencia atribuida en Resolución N° 1278, del 22 de agosto de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. Conforme dispone el artículo 514 ejusdem, se ordena citar al requerido en su residencia ubicada en la Cruz, Sector Las Margaritas, calle Nº 2, casa Nº 04, Maturín Estado Monagas; a los fines de que comparezca por ante la sede de este Tribunal, a las 10:00 de la mañana, del tercer día de Despacho siguiente a la constancia en autos d.....