este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos FRANK REINALDO LABANA CARVAJAL y MARIA CAROLINA GAMBOA PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.232.164 y 8.244.636 respectivamente, quedando consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial que los unía y cuyo matrimonio fue contraido por ante la Prefectura del Municipio Turístico El Morro del Estado Anzoátegui, en fecha 16 de Octubre de 2.000.