Se dictó y publicó sentencia con carácter de definitiva, previa las formalidades de ley, declarándose este Tribunal Superior, Incompetente para conocer del presente recurso en razón de la materia, declinando la competencia al Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil, Bienes de la Circunscripción Judicial del estado monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, planteandose el conflicto de competencia.