DECISION
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, de un inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa sobre ella construida, destinada a vivienda principal, distinguida con el Nº.12, ubicada en la calle 04, del sector 02, de la Urbanización Boyacá II, de la ciudad de Barcelona, Jurisdicción del Municipio Simón Bolívar, del estado Anzoátegui, signado con el número 03-18- 01 U01-029-018-019-000-000-000, con una superficie de ciento cincuenta metros cuadrados (150,00 mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: por el Norte en quince metros (15,00 mts), su lado con el Nro.14 de la calle 04; por el Sur: En.....