Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Conforme al artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 48, numeral 1 y el artículo 49, ambos del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario AUTORIZA el otorgamiento del PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL, al penado NICOLAS MICHEL XAVIER DOMINIQUE MARIE JOSE DE SALONITZKI E ABREU, Pasaporte número 05RF10106; indicándose como dirección de permanencia donde el residente será atendido en la Calle Las Rosas, Nro. 20, Sector 29 de Marzo, Barrio Bicentenario, Barcelona, Estado Anzoátegui, con apoyo familiar del ciudadano HILDEMARO ORTEGA, imponiéndose como condiciones las entrevistas semanales ante el Centro de Tratamiento Comunitario, par.....