en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: acuerda : PRIMERO: Declarar con lugar la solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la ciudadana FLORINKLIS DE LAS NIEVES FARAH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.887.221, domiciliada en la Calle Miramar, Casa Nº 05, al lado del Hotel Roca Mar, Paraíso, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Defensora Pública Tercera de Protección del Estado Anzoátegui, Abogado MARTHA AGUILERA, quien actúa en representación de su hija, la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) SEGUNDO: SE AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana FLORINKLIS DE LAS NIEVES FARAH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.887.221, domiciliada en la Calle Miramar, Casa Nº 05, al lado del Hotel R.....