Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa por PRESCRIPCION ADQUISITIVA, interpuesta por la ciudadana Giuseppa Colletti De Miceli, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.334.717, en contra de la Ciudadana Ada Pérez Guevara De Bocalandro, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 40.120, con fundamento en la disposición legal antes citada y se ordena devolver los originales consignados en la misma. Así se decide.